Los contribuyentes (Foro)
LOS CONTRIBUYENTES.
Tomada
de El CEO.
Para
que el Estado pueda financiar todos los servicios que presta, tales como
educación, salud, seguridad, infraestructura, pensiones, agua, mantenimiento y
limpia y transporte público entre otros, es necesario que cobre tributos a los
ciudadanos económicamente activos, con la finalidad de satisfacer las
necesidades de la población.
Las
contribuciones se encuentran establecidas en ley, por lo que son de carácter
obligatorio, tanto para personas físicas y morales, y el Estado tiene la
facultad de exigir dicho pago. Esta obligación se encuentra establecida en el
artículo 31 Fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y en el Código Fiscal de la Federación. Este último, contempla en su
artículo 5º los elementos esenciales de las contribuciones, como lo son: sujeto
activo y pasivo, objeto, base, tasa o tarifa, época de pago.
Así,
el sujeto activo es el Estado, quien tiene el derecho de exigir el pago de las
contribuciones y el sujeto pasivo es el contribuyente, es decir la persona
física o moral que tiene la obligación de pagar la contribución establecida por
ley, ya sean federales, estatales o municipales, también conocidas como locales
(UNADM, 2022).
Para
el caso del sujeto activo, es decir los entes públicos, existen
responsabilidades fiscales que tienen que acreditar, tal como lo refiere Cadena
(2013), y son los impuestos del IVA, el remanente distribuible de ISR,
Retenciones por sueldos y salarios, derechos al ISSSTE y otras contribuciones especiales.
Así lo establece el Artículo 32-G del Código Fiscal de la Federación, Fracción
I y II, que se da a conocer a través del Diario Oficial de la Federación
(Cámara de Diputados, 2021).
Es
decir que, las entidades federativas, los municipios y demás instituciones de
la federación, sólo tendrán las obligaciones de retener y enterar el impuesto. Por
ejemplo, el ente público retiene el ISR a sus trabajadores en cada pago de
nómina y debe enterarlo al mes siguiente (a más tardar, el día 17); así mismo
el IVA trasladado, por ejemplo el retenido en el servicio de agua potable y
alcantarillado o el que hayan pagado a sus proveedores.
Es
muy importante que el profesional en Contaduría y Finanzas Públicas conozca de
leyes tributarias y de las consecuencias de no cumplirlas; así como
procedimientos para realizar el correcto cálculo de los impuestos. Por lo que
es muy primordial que tenga en orden todas las contribuciones, que cumpla con
los plazos establecidos para el entero de los impuestos, de tal manera que se
cumpla con la transparencia y veracidad de la información fiscal, contribuyendo
a prevenir actos de defraudación fiscal.
Por
lo que el contable debe conocer, analizar y tener muy presente la normatividad
aplicable a los entes públicos y dar cumplimiento a las obligaciones
tributarias en tiempo y forma, evitando así el mandamiento judicial que obligue
a cumplir con esas obligaciones, tanto
de retención como de entero; es decir, recibir sanciones o multas o cualquier
tipo de requerimiento por faltar a lo establecido en las leyes de cada impuesto
de sus obligaciones fiscales.
Saludos cordiales.
REFERENCIAS DIRECTAS
Albarrán
E. (29 de septiembre 2020). Tomar fotos y
grabar a contribuyentes vulneran sus derechos. El CEO https://elceo.com/economia/tomar-fotos-y-grabar-a-contribuyentes-vulnera-sus-derechos/
Cadena
G. (1o de Mayo 2013). Los entes públicos
también son contribuyentes. Alcaldes de México https://www.alcaldesdemexico.com/tips-de-gestion/los-entes-publicos-tambien-son-contribuyentes/
Cámara
de Diputados. (12-11-2021). Código Fiscal
de la Federación. Artículo 32-G.
Secretaría General Sitio web: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CFF.pdf
REFERENCIAS
COMPLEMENTARIAS
Beltrán
G. (16 de Octubre 2018). Obligaciones
fiscales de los entes públicos. Argos Cursa Radio https://www.argoscursaradio.com/material/2018/Septiembre/download.php?file=MODULO_IX_OBLIGACIONES_FISCALES_ENTES_PUBLICOS.pptx#:~:text=Contribuir%20para%20los%20gastos%20p%C3%BAblicos,equitativa%20que%20dispongan%20las%20leyes.
Gerencie.
(11 de agosto 2020). Origen de la
obligación tributaria. Gerencie.com https://www.gerencie.com/origen-de-la-obligacion-tributaria.html
UNADM,
BUAP, IPN. (2022). Módulo 22.
Contribuciones Fiscales. Unidad 1. Obligaciones tributarias del ente público.
UNADM https://campus.unadmexico.mx/course/view.php?id=359#section-4
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