Los contribuyentes (Foro)

 

LOS CONTRIBUYENTES.


Tomada de El CEO.

 

Para que el Estado pueda financiar todos los servicios que presta, tales como educación, salud, seguridad, infraestructura, pensiones, agua, mantenimiento y limpia y transporte público entre otros, es necesario que cobre tributos a los ciudadanos económicamente activos, con la finalidad de satisfacer las necesidades de la población.

Las contribuciones se encuentran establecidas en ley, por lo que son de carácter obligatorio, tanto para personas físicas y morales, y el Estado tiene la facultad de exigir dicho pago. Esta obligación se encuentra establecida en el artículo 31 Fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el Código Fiscal de la Federación. Este último, contempla en su artículo 5º los elementos esenciales de las contribuciones, como lo son: sujeto activo y pasivo, objeto, base, tasa o tarifa, época de pago.

Así, el sujeto activo es el Estado, quien tiene el derecho de exigir el pago de las contribuciones y el sujeto pasivo es el contribuyente, es decir la persona física o moral que tiene la obligación de pagar la contribución establecida por ley, ya sean federales, estatales o municipales, también conocidas como locales (UNADM, 2022).

Para el caso del sujeto activo, es decir los entes públicos, existen responsabilidades fiscales que tienen que acreditar, tal como lo refiere Cadena (2013), y son los impuestos del IVA, el remanente distribuible de ISR, Retenciones por sueldos y salarios, derechos al ISSSTE y otras contribuciones especiales. Así lo establece el Artículo 32-G del Código Fiscal de la Federación, Fracción I y II, que se da a conocer a través del Diario Oficial de la Federación (Cámara de Diputados, 2021).

Es decir que, las entidades federativas, los municipios y demás instituciones de la federación, sólo tendrán las obligaciones de retener y enterar el impuesto. Por ejemplo, el ente público retiene el ISR a sus trabajadores en cada pago de nómina y debe enterarlo al mes siguiente (a más tardar, el día 17); así mismo el IVA trasladado, por ejemplo el retenido en el servicio de agua potable y alcantarillado o el que hayan pagado a sus proveedores.

Es muy importante que el profesional en Contaduría y Finanzas Públicas conozca de leyes tributarias y de las consecuencias de no cumplirlas; así como procedimientos para realizar el correcto cálculo de los impuestos. Por lo que es muy primordial que tenga en orden todas las contribuciones, que cumpla con los plazos establecidos para el entero de los impuestos, de tal manera que se cumpla con la transparencia y veracidad de la información fiscal, contribuyendo a prevenir actos de defraudación fiscal.

Por lo que el contable debe conocer, analizar y tener muy presente la normatividad aplicable a los entes públicos y dar cumplimiento a las obligaciones tributarias en tiempo y forma, evitando así el mandamiento judicial que obligue a cumplir con  esas obligaciones, tanto de retención como de entero; es decir, recibir sanciones o multas o cualquier tipo de requerimiento por faltar a lo establecido en las leyes de cada impuesto de sus obligaciones fiscales.

 

Saludos cordiales.

 

REFERENCIAS DIRECTAS

Albarrán E. (29 de septiembre 2020). Tomar fotos y grabar a contribuyentes vulneran sus derechos. El CEO  https://elceo.com/economia/tomar-fotos-y-grabar-a-contribuyentes-vulnera-sus-derechos/

Cadena G. (1o de Mayo 2013). Los entes públicos también son contribuyentes. Alcaldes de México https://www.alcaldesdemexico.com/tips-de-gestion/los-entes-publicos-tambien-son-contribuyentes/

Cámara de Diputados. (12-11-2021). Código Fiscal de la Federación. Artículo 32-G. Secretaría General Sitio web: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CFF.pdf

 

REFERENCIAS COMPLEMENTARIAS

Beltrán G. (16 de Octubre 2018). Obligaciones fiscales de los entes públicos. Argos Cursa Radio https://www.argoscursaradio.com/material/2018/Septiembre/download.php?file=MODULO_IX_OBLIGACIONES_FISCALES_ENTES_PUBLICOS.pptx#:~:text=Contribuir%20para%20los%20gastos%20p%C3%BAblicos,equitativa%20que%20dispongan%20las%20leyes.

Gerencie. (11 de agosto 2020). Origen de la obligación tributaria. Gerencie.com https://www.gerencie.com/origen-de-la-obligacion-tributaria.html

UNADM, BUAP, IPN. (2022). Módulo 22. Contribuciones Fiscales. Unidad 1. Obligaciones tributarias del ente público. UNADM https://campus.unadmexico.mx/course/view.php?id=359#section-4

 

 



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