Facultad de los estados en materia de ingresos
INTRODUCCIÓN.
Para
determinar cómo se distribuyen los recursos públicos a los Estados y Municipios
es de suma importancia que exista un sistema de coordinación fiscal, que
permitan fijas reglas en cuanto a sus ingresos y egresos, para identificar las
fuentes de los recursos y su uso y distribución.
El
Federalismo consiste en distribuir potestades entre los tres niveles de
gobierno, donde la autoridad central es quien recauda los ingresos en las
jurisdicciones de los gobiernos subnacionales, cediendo esta potestad a la federación,
quien se encarga de realizar la asignación a las entidades y municipios.
De
esta manera el Federalismo Fiscal elimina la tributación múltiple o que los
bienes y servicios sean gravados simultáneamente por dos o más jurisdicciones,
evitando así tasas impositivas y la competencia desleal entre entidades
federativas y municipios.
Así,
las haciendas de las entidades y municipios se coordinan, siendo el Gobierno
Federal el que aumente o disminuya tasas, a que las 32 entidades se coordinen para
hacerlo y por lo mismo, la distribución del gasto público se haga de manera
uniforme y eficiente a lo largo del territorio.
Una
vez que se realiza la coordinación recaudatoria, también se establecen los
mecanismos de distribución de los ingresos participables, por medio de
transferencias, que permitan el desarrollo en las diferentes regiones del país.
El
gobierno central extrae los recursos de las diferentes jurisdicciones del país,
por medio de un sistema de recaudación para que por medio del sistema de
transferencias lo regrese a las entidades y municipios para fomentar el
desarrollo regional en áreas específicas por medio de políticas y programas
públicos.
En
el presente cuadro sinóptico tiene la finalidad de mostrar sobre la generación
de los recursos de las entidades federativas y municipios, por medio del
federalismo fiscal, así como de mostrar sus elementos y su función.
FACULTAD DE LOS ESTADOS EN MATERIA DE INGRESOS.
Tomada
de Af Medios
La
falta de recursos financieros es un grave problema en México. Para hacer
posible el desarrollo económico y sustentable del país, es indispensable que
haya buenos ingresos y recursos suficientes para poder realizar egresos. Pero,
es importante cuestionarse quién se encarga de cobrar los impuestos, quién debe
recaudar lo que las entidades y municipios se gastan, quién debe aportar esos
recursos, quién debe diseñar el plan de gastos.
El
Federalismo Fiscal responde a todas estas interrogantes. De acuerdo a los
Títulos Segundo y Quinto de la CPEM, México es una república Federal, tal como
lo indica Quevedo (2013), y tanto las entidades como la federación, tienen
distintas facultades y obligaciones. Entre esas facultades están la capacidad
de imponer contribuciones a los ciudadanos y el ejercer el gasto público.
El federalismo
fiscal, como una subdisciplina de las finanzas públicas, detalla las potestades
tributarias o la facultad de cobrar determinados impuestos y derechos, así como
las atribuciones para ejercer el gasto público, ya sea del gobierno federal o
de las entidades y municipios.
La
Ley de Coordinación Fiscal permite determinar las potestades tributarias y la
distribución o el ejercicio del gasto público en cada esfera de gobierno. Así,
se da la descentralización para promover una mejor administración pública, tal
como lo refiere Merino.
De
tal manera que, para la provisión de bienes y servicios por medio de políticas
públicas que están contemplados en el presupuesto público, las asignaciones del
gasto público son una herramienta de redistribución del gobierno federal hacia
las entidades y estados. Y para que se puedan tener recursos para el gasto
público, es necesario tener ingresos, y tanto la Federación como los Estados
ejercen la función de la recaudación de impuestos.
Se
han hecho muchas reformas para incentivar a las entidades federativas para
lograr una mayor recaudación fiscal local, así como para cambiar las reglas
para la distribución de los recursos a los estados conforme a su crecimiento
económico y población.
Así,
mediante el Federalismo Fiscal, las regiones o provincias deciden unirse por
voluntad propia bajo la figura de un Estado, cediendo su soberanía al gobierno
superior, con la finalidad de que se puedan obtener beneficios que de manera
individual serían más costosos.
Para
comprender mejor la relación entre la federación y las entidades, así como las
facultades y obligaciones que tienen al imponer contribuciones del gasto
público y la postura de generación de recursos de las entidades federativas y
municipios, por medio del federalismo fiscal, se presenta el siguiente cuadro
sinóptico.
El
gasto público se norma y regula por
las disposiciones de la Ley de Presupuesto, aplicada por el Ejecutivo Federal a
través de la Secretaría de Programación y Presupuesto. Es la Auditoría Superior
de la Federación la que lleva a cabo la supervisión del gasto y el ingreso
gubernamental, aunque también existen las Auditorías Estatales las cuales se
encargan de fiscalizar, controlar y vigilar el uso de los recursos públicos.
El
modelo actual de fiscalización tiene principales
características: compatibilizar el marco normativo; estandarizar las normas
de actuación para establecer límites y competencias para cada entidad; evitar
omisiones o duplicidades De esta manera se fortalece el marco normativo y se da
certeza jurídica al homologar las leyes y tener una base común al establecer
qué debe hacer cada entidad.
De
esta manera se podrá combatir la corrupción, mejorar la transparencia y
rendición de cuentas, se logra efectividad, eficiencia y economía en el
ejercicio del gasto público, se logran mejoras en la práctica gubernamental, se
da prioridad a temas estratégicos, y lo más importante, se podrá evaluar el
impacto de los programas y políticas públicas.
CONCLUSIONES.
Para
que se pueda dar la armonización en el sistema tributario, surge el Sistema
Nacional de Coordinación Fiscal, que contiene una suma de disposiciones así
como los organismos que regularán la cooperación existente entre la federación
y las entidades federativas y municipios.
De
esta manera, los estados se comprometen a limitar su dominio tributario a favor
de la federación y a cambio de ellos, reciben una participación de los ingresos
federales, ya que hay mucha deficiencia recaudatoria, insuficiencia del gasto y
mala distribución de los ingresos hacia los estados, tal como lo refiere
Rodríguez (2020). Por eso es que las entidades necesitan de los recursos
federales para que puedan realizar sus funciones, pues los ingresos propios que
generan no son suficientes para cubrir sus necesidades de gasto.
El
impuesto estatal como ingreso propio más importante que tienen las entidades,
sólo representa el 4.7% de la recaudación total del país, pues los estados sólo
recaudan 6 de los 18 principales impuestos que pueden recaudar, como es
predial, suministro de agua, tenencia vehicular, impuestos sobre nóminas u
hospedaje, entre otros.
Es
por ello que los gobiernos estatales y municipales tienen alta dependencia de
la federación y deben seguir los ordenamientos jurídicos del Estado Federal.
Los ingresos propios de los estados y municipios representan una parte mínima
de los ingresos fiscales totales, apenas el 3% lo que representa el 0.07% del
PIB de 2009, según refiere García (2016). Es decir que con lo que recauda no
puede enfrentar las necesidades que demanda la ciudadanía, por lo que necesita
de las asignaciones de la federación.
La
baja recaudación fiscal local no permite amplia capacidad financiera para
cubrir las necesidades de gasto y por lo mismo, no tienen autonomía fiscal para
que puedan decidir el destino de los recursos, es por eso que se buscan
estrategias que permitan una mejor recaudación, como en mi entidad, que ofrecen
descuentos por pronto pago o descuentos especiales a contribuyentes cumplidos o
personas de la tercera edad. Finalmente, es la federación quien asigna el gasto
mediante presupuesto para que puedan alcanzar los objetivos de desarrollo
social, político y económico.
BIBLIOGRAFÍA.
AfMedios Redacción. (2013). SHCP
Publica acuerdo para distribución de recursos a Estados. 20 de febrero de
2021, AfMedios Recuperado de: https://www.afmedios.com/shcp-publica-acuerdo-para-distribucion-de-recursos-a-estados/
ASF. (2000). Ley de
Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. 21 de febrero de 2021,
Gobierno de México Recuperado de: https://www.asf.gob.mx/Trans/Informes/IR2000i/ir2000/Compila2000/leyes/45lpcgpf/lpcgpf00.htm
Blanca, Ocampo & De Alba. (2016). Sistema Nacional de Fiscalización en el Marco de los Desafíos para la
rendición de cuentas en México. 21 de febrero de 2021, Gobierno de México.
Cámara de Diputados Recuperado de: http://archivos.diputados.gob.mx/Centros_Estudio/UEC/prods/SISTEMA%20NACIONA%20DE%20FISCALIZACION.pdf
CIEP. (2016). Apuntes
Didácticos sobre Finanzas Públicas. El Nuevo Federalismo Fiscal. 20 de
febrero de 2021, CIEP Recuperado de: https://ciep.mx/apuntes-didacticos/
DOF 25-11-2020. Decreto por
el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal
2021. 21 de febrero de 2020, Secretaría de Gobernación Recuperado de: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5605747&fecha=25/11/2020
DOF 16-02-2018. Ley de
planeación. 21 de febrero de 2021, de Presidencia de la República Sitio
web: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/59_160218.doc#:~:text=Ley%20de%20Planeaci%C3%B3n&text=Nota%20de%20vigencia%3A%20La%20reforma,que%20dice%3A%20Estados%20Unidos%20Mexicanos.
García S. (2016). Delimitación
de facultades, la puerta al nuevo federalismo fiscal en México. 21 de febrero
de 2021, Scielo Recuperado de: http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1405-91932016000200045
Guzmán J. (2008). Federalismo
Fiscal y Evaluación de Desempeño. 20 de febrero de 2021, INAP Recuperado de:
https://www.inap.mx/portal/images/pdf/rap127.pdf
Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal.
(2019). Normatividad Estatal y Municipal.
21 de febrero de 2021, Gobierno de México Recuperado de: https://www.gob.mx/inafed/articulos/normatividad-estatal-y-municipal
Quevedo B. (2013). Para
entender el Federalismo Fiscal Mexicano. 20 de febrero de 2021, CIEP
Recuperado de: https://ciep.mx/para-entender-el-federalismo-fiscal-mexicano/#:~:text=El%20federalismo%20fiscal%20es%20una,los%20gobiernos%20estatales%20o%20locales.
Merino G. (s.f). Federalismo
Fiscal: diagnóstico y propuestas. 20 de febrero de 2021, ITAM Recuperado de:
https://ftp.itam.mx/pub/academico/inves/CEA/Capitulo4.pdf
Reyes M. (s.f). Los
criterios normativos vigentes en la distribución de las participaciones y aportaciones
federales de México. 20 de febrero de 2021, Comisión Bicameral del Sistema
de Bibliotecas Recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/sedia/sia/se/SAE-ISS-47-13/SAE-ISS-47-13.pdf
Redacción. Varios Autores. (2017). Así vivimos: ¿Quién vigila el gasto público? 21 de febrero de 2021,
Milenio Recuperado: https://www.milenio.com/opinion/marco-zamarripa/observatorio-de-la-laguna/asi-vivimos-quien-vigila-el-gasto-publico
Rodríguez J. (2020).
Necesidad de modificar el Sistema de Coordinación Fiscal. 21 de febrero de
2021, El Universal Querétaro Recuperado de: https://www.eluniversalqueretaro.mx/content/necesidad-de-modificar-el-sistema-de-coordinacion-fiscal
Secretaría de Gobernación. (2011). Manual de Transferencias Federales para Municipios. 21 de febrero
de 2021, Gobierno de México Recuperado de: https://transparencia.info.jalisco.gob.mx/sites/default/files/Manual_Transferencias_Municipios.pdf
Seminario en Alta Administración Municipal. (s. f.) Administración Pública General.
Ayuntamiento: facultades y obligaciones. 21 de febrero de 2021, Tecnológico
de Monterrey Recuperado de: http://www.cca.org.mx/apoyos/saam/m1/mexico_3_3.2.pdf
Serna de la Garza J. (2004). El
Sistema Nacional de Coordinación Fiscal. Capítulo Tercero. 21 de febrero de 2021, UNAM Recuperado de: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/3/1325/5.pdf
Transparencia Presupuestaria. (2019). Recaudación Local. 21 de febrero de 2021, Gobierno de México
Recuperado de: https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/es/PTP/Recaudacion_Local
UNADM, BUAP, IPN. (2021). M16
Asignación de recursos federales a los estados y municipios. Unidad 3. Sistema
Nacional de Fiscalización. 20 de febrero de 2021, UNADM Recuperado de: https://campus.unadmexico.mx/course/view.php?id=211#section-6
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