Marco de protección de los derechos humanos en México
Introducción
Para
proteger los derechos humanos es necesario contar con un sistema de normas
legales tanto nacionales como internacionales y en colaboración con
instituciones de distintos tipos y niveles.
La
protección y reconocimiento de los derechos humanos deben responder a
principios de universalidad, indivisibilidad, interdependencia y progresividad;
los cuales son fundamentales, por lo que cada que se tenga que emitir una ley,
aplicar una política pública o juzgar un caso, debe de involucrarse la
protección de los derechos de una persona.
Al
establecerse un Estado de derecho en México, se garantiza una ley justa,
imparcial y de aplicación a todas las personas por igual y crear normas e instituciones
para lograr asegurar gozar de libertades individuales y derechos políticos.
El
marco de protección de los derechos humanos tiene su base en la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y es con la reforma constitucional en
el año 2011 que se elevan a un rango supremo para que puedan ser reconocidos
internacionalmente y que las autoridades estén obligadas a promoverlos,
respetarlos, protegerlos y garantizarlos.
La
presente actividad tiene la finalidad de analizar los documentos normativos
nacionales e internacionales que fundamentan los valores de los derechos
humanos en México.
Orden jurídico nacional en torno a los
derechos humanos.
En
México, el marco de protección de los derechos humanos tiene su base en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y tratados internacionales,
obligando al Estado a proteger la dignidad de las personas.
El
artículo 1º. Constitucional establece que en México todas las personas tienen
el derecho de gozar de los derechos humanos reconocidos en la Constitución así
como en los tratados internacionales, los cuales no pueden restringirse ni suspenderse.
Así mismo, en el artículo se establece que la Constitución, leyes del Congreso
de la Unión y los tratados internacionales que han sido aprobados por el
Senado, son Ley Suprema de todo el país.
Para
comprender el marco de protección de los derechos humanos en México se presenta
el siguiente cuadro sinóptico.
https://canva.link/iagiyle7amvi83o
Los
aspectos sustantivos hacen referencia al contenido o normas establecidas para
la protección de libertades y su alcance, las cuales obligan al Estado a
respetar, garantizar y proteger los derechos a la vida, a la libertad de
expresión, igualdad, etc., reconociendo los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales. Estas normas tienen su base en la
Constitución así como en tratados internacionales de los derechos humanos,
obedeciendo a principios rectores de universalidad, interdependencia,
indivisibilidad y progresividad.
Los
aspectos procesales hacen referencia al establecimiento de garantías,
mecanismos y los tribunales que son necesarios para exigir los derechos y que
se hagan efectivos en la práctica. Son garantías que aseguran la defensa
adecuada, el poder acceder a un juez que sea imparcial y permitir la presunción
de inocencia, por medio de recursos como el juicio de amparo, medidas
cautelares o acciones que van en contra de lo establecido constitucionalmente,
que pueden ser de manera interna o nacional y también a nivel internacional;
con la finalidad de restituir y compensar las violaciones que se hagan a los
derechos consagrados.
Conclusiones
Al
reconocerse legalmente los derechos humanos, el Estado tiene la obligación de
respetar, proteger, promover y garantizarlos, pero además, debe prevenir,
investigar, sancionar y reparar toda violación en su contra.
Constitucionalmente
los derechos humanos se encuentran fundamentados en el artículo 1 y 133, así
como en tratados internacionales, leyes secundarias e institucionales; pero hay
un pilar fundamental con la reforma constitucional de 2011, donde se eleva a
rango supremo los derechos reconocidos internacionalmente, obligando al Estado
a interpretar las normas siempre en favor de la protección de las personas.
Dentro
del marco normativo internacional, la Declaración Universal de los Derechos
Humanos en 1948, que proclama valores básicos como libertad, igualdad y
libertad intrínseca de los seres humanos a nivel mundial; la Convención
Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José en 1969 que obliga a los
Estados del continente americano a garantizar los derechos civiles y políticos
básicos y demás pactos internacionales celebrados por la ONU, que obligan al
Estado a proteger el bienestar social, económico y libertades individuales.
Bibliografía
DOF. (02-06-2026). Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum.htm
Faro Democrático. (2024). Protección de los derechos humanos en
México. https://farodemocratico.ine.mx/proteccion-derechos-humanos-mexico/
Gobierno de México. (s.f.).
Marco normativo en materia de derechos
humanos. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/281967/Marco_Normativo_en_materia_de_Derechos_Humanos.pdf
Salazar Cruz, R. J.
(2024). El marco de protección de los
derechos fundamentales en el sistema jurídico mexicano: aspectos sustantivos y
procesales. Revista Jurídica Ibero. Universidad Iberoamericana. 9 (17). 73-98.
https://juridica.ibero.mx/index.php/juridi/article/view/215


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